Normativa “sui generis” sobre el bienestar
Toni Roca
Conejólogo
Tanto Holanda como Suiza ya disponen de una normativa de cría de conejos que recoge, en gran parte, las sugerencias propuestas por los países nórdicos.
La empresa suizo-holandesa “Kyburz” que compra conejos en Argentina, envió a sus clientes a mediados del 2011, unos requerimientos sobre bienestar indispensables si querían seguirles ofertando conejos a partir del 2012.
Requerimientos a implementar a corto plazo:
COMENTARIOS.
No se pueden criar conejos en ambiente controlado, solo en ambiente natural o al aire libre.
Si se pretende ventilar una nave con ventanas abriendo sólo el 5% de su superficie lo tendrán difícil ya que se requiere, por lo menos un 15% o 20% de abertura respecto a la superficie.
No se pueden inseminar las conejas ya que para asegurar la ovulación de las mismas en IA es necesario aplicar la hormona GnRH.
No se pueden controlar los parásitos internos (ni los gusanos, ni los coccidios) al no poder suministrar medicamentos de forma preventiva.
Sigue la Normativa con una sarta de prescripciones que si se aplicaran en un futuro en la UE volveríamos al siglo pasado y solo sería posible la cría de conejos a nivel familiar y con finalidades deportivas o de hobby. •